Donación de órganos, lista de espera que desespera

La nueva Ley de Donación de Órganos en Guatemala, bajo el Decreto 5-2024, busca reducir la lista de espera de más de 1,500 pacientes y fomentar una cultura de donación de órganos. (Foto: Fundación Daré / AUN) La nueva Ley de Donación de Órganos en Guatemala, bajo el Decreto 5-2024, busca reducir la lista de espera de más de 1,500 pacientes y fomentar una cultura de donación de órganos. (Foto: Fundación Daré / AUN)
La nueva Ley de Donación de Órganos en Guatemala, bajo el Decreto 5-2024, busca reducir la lista de espera de más de 1,500 pacientes y fomentar una cultura de donación de órganos. (Foto: Fundación Daré / AUN)
  • Cerca del 8 % de las necesidades logran alcanzarse en el sector público, aunque hace 2 años se aprobó una ley que augura mejorar los resultados.

La donación de órganos es un acto voluntario y altruista, considerado como el mayor acto de bondad entre los seres humanos. En el sector público de nuestro país se realizan 120 trasplantes al año, cifra muy baja si se toma en cuenta que son 1500 personas quienes integran la lista de espera a ser trasplantadas, según Rudolf García, médico destacado en el campo de cirugía vascular  y trasplante de órganos en Guatemala.

El nefrólogo Josué Piedrasanta explica que las listas de espera para recibir órganos y tejidos seguirán aumentando si no se logra incrementar el número de donaciones.  “La única forma de resolver este problema es ser donante y animar a otros a que también lo sean, cuantos más haya, mayor será el número de vidas que podrán salvarse”, puntualiza el especialista.

La doctora Cindy Ixpancoc, coordinadora de trasplantes del Hospital General San Juan de Dios, explica que el trasplante de órganos es un procedimiento médico que consiste en tomar órganos, tejidos o células humanas de una persona viva o de un cadáver para colocarlos en el cuerpo de otra, con el objetivo de mejorar la salud del receptor y garantizar la salud y vida del donador vivo en los casos en los que aplica.

En 2024, el Congreso de la República implementó una reforma sustancial en su legislación sobre trasplantes, al aprobar la ley de donación y trasplante de órganos, tejidos y células humanas, impulsada por la Fundación Donaré, un avance significativo en la promoción de la cultura de donación de órganos en Guatemala.

Marta Azmitia, presidenta de la fundación, indica que esta ley establece un marco regulatorio para los trasplantes en el país, promoviendo la cultura de donación de órganos y regulando los procesos de donación y extracción.

“La aprobación de esta ley representa un avance significativo para la medicina en Guatemala, acercándola a estándares internacionales; se espera que la ley facilite el acceso a trasplantes para los pacientes que los necesitan; hemos creado una lista única de receptores como un mecanismo para evitar el tráfico de órganos”, apunta Azmitia.

Según la Fundación Donaré y el Ministerio de Salud Pública, un donante vivo o fallecido puede salvar ocho vidas. (Foto: Fundación Daré / AUN)
Según la Fundación Donaré y el Ministerio de Salud Pública, un donante vivo o fallecido puede salvar ocho vidas. (Foto: Fundación Daré / AUN)

La nueva ley permitirá donaciones de tres tipos, entre ellas la de células hematopoyéticas (células madre). “Estas generalmente son las del cordón umbilical, son jóvenes que todavía pueden adoptar otras funciones”, agrega la profesional.

Azmitia resalta que para que haya una cultura de donación de órganos y tejidos, debe haber una información ordenada y veraz donde se detalle cada proceso de manera clara, atribuyendo la responsabilidad directa al Ministerio de Salud Pública.

En la actualidad solo se pueden donar riñones y córneas; para adultos se trasplantan los primeros en el Hospital General San Juan de Dios, mientras que en el Hospital Roosevelt se atiende a niños, en cuanto a las segundas, las cuales se guardan en el banco correspondiente, donde los oftalmólogos deben tener a sus pacientes en la lista de espera y se entregan de acuerdo con el padecimiento.

“Los hospitales trasplantadores para empezar serán el General, Roosevelt y el IGSS, con el tiempo puede ser que también se realicen operaciones en Quetzaltenango y Zacapa”, puntualiza Azmitia.

Tipos de donadores

El médico Rudolf García, jefe de la Dirección de Trasplantes del Ministerio de Salud Pública, expone que existen dos tipos principales de donantes de órganos, el primero es el vivo, que puede ser un familiar, una persona no relacionada o incluso un donante comercial, es decir, alguien que recibe una compensación económica. En Guatemala, este tipo de donante representa el 85 % de las donaciones y trasplantes realizados, aunque esta tendencia está empezando a cambiar.

“En vida se pueden donar órganos cuya extracción no implique mutilación, como un riñón o parte del hígado, este último con capacidad de regenerarse, permitiendo al donante continuar con su vida normal”, explica García. El segundo tipo de donante es el fallecido, que incluye a personas que han perdido la vida a causa de una muerte cerebral o tras un paro circulatorio.

Conozca los requisitos para donar, el proceso para trasplante de riñones y córneas, y las severas penas de cárcel por tráfico de órganos en el país. (Foto: Fundación Daré / AUN)
Conozca los requisitos para donar, el proceso para trasplante de riñones y córneas, y las severas penas de cárcel por tráfico de órganos en el país. (Foto: Fundación Daré / AUN)

Según explica García, la mayoría de los donantes fallecidos se encuentran en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), y se calcula que el 14 % es diagnosticado con muerte encefálica. De ese grupo, el 1,4 % reúne las condiciones necesarias para convertirse en donante.

En caso de muerte encefálica, los parientes directos son quienes aprueban la donación, aquí es donde entran en juego los grados de consanguinidad, ya que suelen determinar quién tiene la autoridad para tomar decisiones en nombre del fallecido

Orden:

  1. Cónyuge o pareja de hecho
  2. Hijos mayores de edad
  3. Padres
  4. Hermanos
  5. Abuelos
  6. Nietos
  7. tíos
  8. Primos
  9. Otros familiares
  10. Un representante legal

“Guatemala es un país que tiene la modalidad de donación voluntaria, no obstante, no es suficiente para poder evitar la negativa a la donación de órganos, ya es necesario que el individuo exprese esta voluntad a su familia. La donación de órganos funciona si toda una sociedad está educada, informada y entiende que todos podemos pasar por esa situación”, declara García.

En Guatemala el donante vivo representa el 85 % de las donaciones y trasplantes realizados, aunque esta tendencia está empezando a cambiar. (Foto: Fundación Daré / AUN)
En Guatemala el donante vivo representa el 85 % de las donaciones y trasplantes realizados, aunque esta tendencia está empezando a cambiar. (Foto: Fundación Daré / AUN)

Requisitos

Para donar órganos en Guatemala bajo la nueva Ley para la disposición y trasplante de órganos, tejidos y células humanas, Decreto 5-2024, los requisitos detallados son los siguientes:

  • Consentimiento voluntario: el donante debe expresar su voluntad de donar
  • Edad del donante: los adultos pueden donar. En caso de menores de edad se debe contar con la autorización de los padres y estos no pueden donar en vida.
  • Condición de salud: el donante debe pasar una evaluación médica para establecer si es viable la donación
  • Documentación necesaria, el donante deberá presentar su DPI para confirmar su identidad
  • Exámenes médicos: el donante debe someterse a una serie de exámenes y laboratorios para evaluar la función y salud de los órganos a donar
  • Evaluación psicológica: para establecer si el donante está mentalmente preparado y entiende completamente el proceso
  • Donación en vida, el donante debe ser mayor de edad y gozar de buena salud
  • Donación post mortem (cadavérica): es deseable que el donante haya expresado su voluntad para donar antes de morir; sin embargo, son sus familiares los que dan la autorización.

Aspectos éticos y legales

Azmitia explica que el donador debe ser altruista, ya que la ley prohíbe cualquier forma de compensación económica, además de que debe ser anónima. De no cumplirse, la ley establece sanciones severas para el tráfico de órganos y la extracción ilegal, incluyendo penas de hasta 30 años de prisión.

Finalmente, Azmitia menciona que un solo donante puede salvar hasta 8 vidas y que sueña con una cultura de donación más normalizada para que los hospitales obtengan los instrumentos necesarios y salven más vidas con todos los órganos disponibles.

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