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Adopción prioritaria, un reto para Guatemala

Adopción prioritaria, un reto para Guatemala

El CNA impulsa la adopción prioritaria para niños, niñas y adolescentes que enfrentan mayores dificultades para encontrar una familia. (Foto: GEMINI / AUN) El CNA impulsa la adopción prioritaria para niños, niñas y adolescentes que enfrentan mayores dificultades para encontrar una familia. (Foto: GEMINI / AUN)
El CNA impulsa la adopción prioritaria para niños, niñas y adolescentes que enfrentan mayores dificultades para encontrar una familia. (Foto: GEMINI / AUN)
  • Uno de los principales desafíos continúa siendo la disposición de las familias para adoptar a niños mayores, adolescentes, grupos de hermanos o menores con discapacidad

De acuerdo con estudios del Consejo Nacional de Adopciones (CNA), cerca del 95 % de las personas interesadas en adoptar manifiestan preferencia por niños recién nacidos y sin problemas de salud, lo que reduce las posibilidades de encontrar una familia para menores con otras características.

Por ello, el CNA impulsa la denominada adopción prioritaria, una modalidad orientada a garantizar el derecho a vivir en familia de niños, niñas y adolescentes que enfrentan mayores dificultades para ser adoptados.

Este grupo incluye a niñez de más de 7 años, adolescentes entre 13 y 17 años, grupos de hermanos, así como niños y adolescentes con discapacidad o con condiciones médicas especiales.

Según la entidad, el interés de las familias por este tipo de adopción continúa siendo reducido, lo que representa uno de los principales desafíos para lograr la integración familiar de estos menores.

Los menores de más de 7 años, adolescentes, grupos de hermanos y quienes tienen alguna discapacidad o condición médica especial forman parte de los perfiles de adopción prioritaria. (Foto: GEMINI / AUN)
Los menores de más de 7 años, adolescentes, grupos de hermanos y quienes tienen alguna discapacidad o condición médica especial forman parte de los perfiles de adopción prioritaria. (Foto: GEMINI / AUN)

Repaso histórico

Antes de 2008 los procesos de adopción en Guatemala eran de carácter notarial, por lo que los abogados tenían la facultad de autorizarlos. Sin embargo, debido a irregularidades detectadas y casos de compra y venta de niños denunciados en décadas anteriores, se impulsó una reforma para fortalecer los controles, recordó Leonel Dubón, director de la Asociación Refugio de la Niñez.

Resaltó que con la entrada en vigencia del Decreto 77-2007, el Estado asumió la responsabilidad de regular los procesos. La normativa otorgó al CNA el papel de autoridad central encargada de supervisar los procedimientos y garantizar el cumplimiento de la ley.

Respecto a los requisitos para adoptar, apuntó que los interesados deben presentar una solicitud formal acompañada de documentos legales. Entre ellos figuran las constancias de carencia de antecedentes penales y policiales, certificaciones de matrimonio o unión de hecho y comprobantes de ingresos económicos.

¨Los solicitantes deben presentar certificaciones médicas y someterse a evaluaciones psicológicas, valoraciones que permiten determinar si las personas cuentan con las condiciones necesarias para asumir la responsabilidad de una adopción y brindar un entorno adecuado al menor¨, expresó.

Cerca del 95 % de las personas interesadas en adoptar manifiestan preferencia por niños recién nacidos y sin problemas de salud, según estudios del CNA. (Foto: GEMINI / AUN)
Cerca del 95 % de las personas interesadas en adoptar manifiestan preferencia por niños recién nacidos y sin problemas de salud, según estudios del CNA. (Foto: GEMINI / AUN)

La mirada del Estado

En esta línea, la Procuraduría General de la Nación (PGN) mediante una solicitud de acceso a la información pública señaló la institución que elabora informes sociales para identificar un recurso familiar idóneo para los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en procesos de protección.

¨Durante el proceso se establece legalmente que no existe una alternativa familiar adecuada, por lo que la PGN informa esta situación al juez competente que conoce el caso. Posteriormente, es la autoridad judicial la encargada de emitir la declaratoria de adoptabilidad¨, expuso la institución.

La entidad también aclaró que no tiene bajo su resguardo a niños, niñas o adolescentes. Los hogares de protección estatales son administrados por la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia, mientras que los hogares privados deben estar registrados ante el CNA.

El Consejo mencionó que la adopción es un mecanismo legal de protección respaldado por el Estado, mediante el cual una persona o familia asume de manera permanente la responsabilidad y los derechos de un hijo, estableciendo un vínculo filial con un niño, niña o adolescente que no es su hijo biológico.

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