- Expertos en derecho laboral explican qué debe hacer un trabajador después de ser cesado sin causa justificada.
Un despido puede representar no solo la pérdida de un ingreso, sino también el inicio de un proceso para establecer si la terminación de la relación laboral se realizó conforme a la legislación guatemalteca. Por ello, conocer la causa comunicada por el empleador, conservar documentos y actuar dentro de los plazos de los primeros pasos que debe considerar un trabajador.
La Encuesta Nacional de Empleo e Ingresos Continua (ENEIC) del Instituto Nacional de Estadística (INE) calculó para el primer trimestre de 2026 una población ocupada de aproximadamente 7.98 millones de personas, mientras que la tasa de desempleo abierto se ubicó en 1.7 %, lo que significa 141,727 personas. Dicha herramienta permite dar seguimiento a indicadores como empleo, desempleo, subempleo, informalidad e ingresos laborales.
En este contexto, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social reportó que durante 2025 su Dirección de Fomento a la Legalidad Laboral gestionó 338 expedientes. Estos incluyeron demandas por despidos, reclamaciones de indemnización, prestaciones irrenunciables, reinstalaciones y otros asuntos relacionados con derechos laborales, por lo que la cifra no corresponde exclusivamente a despidos injustificados.
El abogado laboral Joshua Morales explicó que una persona que acaba de ser despedida debe comenzar por documentar lo ocurrido. Entre los elementos que recomienda conservar están la fecha del despido, la razón comunicada por el empleador, mensajes, correos electrónicos, cartas, comprobantes de pago, finiquitos y cualquier otro documento relacionado con la relación laboral. También aconseja solicitar que la causa del despido sea entregada por escrito.

La documentación puede ser importante incluso cuando el trabajador no cuenta con un contrato escrito. Morales señaló que la existencia de una relación laboral puede acreditarse mediante pagos, testigos, registros del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), órdenes de trabajo y otros elementos que permitan demostrar que efectivamente hubo vinculación entre las partes.
Uno de los aspectos que el trabajador debe tener presente es el plazo para reclamar. Marlon López, ex presidente de la junta directiva de la Asociación de Jueces y Magistrados y del Instituto de Jueces y Magistrados de Trabajo, apuntó que el despido debe comunicarse por escrito. A partir de esa comunicación existe un plazo de 30 días para emplazar al empleador y discutir la causa de la terminación laboral. Si no se actúa en ese período, puede prescribir el derecho a reclamar la indemnización.
López asentó que cuando el despido no tiene una causa justificada corresponde la indemnización establecida en el artículo 82 del Código de Trabajo. A esta pueden agregarse otros derechos pendientes, entre ellos el aguinaldo, el Bono 14 y la compensación correspondiente por vacaciones no gozadas. La indemnización se calcula sobre un salario por cada año trabajado, de forma proporcional cuando no se completa uno.
Morales amplió que el afectado puede acudir a la Inspección General de Trabajo o a la Dirección de Trabajo para intentar una conciliación con el empleador. Si no se alcanza un acuerdo, existe la posibilidad de acudir a los Tribunales de Trabajo y Previsión Social. El proceso judicial comprende diferentes etapas, entre ellas la admisión de la demanda, conciliación, presentación de pruebas, conclusiones y resolución de primera instancia.

Entre las pruebas que pueden utilizarse están documentos, testimonios, registros electrónicos y, cuando corresponde, pruebas periciales o contables. Morales destacó la importancia de reunir la mayor cantidad de evidencia posible y advirtió sobre errores frecuentes como no documentar el despido, esperar demasiado tiempo para buscar orientación o firmar una renuncia o finiquito sin comprender sus consecuencias.
López hizo ver que el trabajador debe conservar especialmente la comunicación escrita del despido, recibos de salario, estados de cuenta, contratos y otros documentos que permitan establecer las condiciones de la relación laboral. También explicó que, en los procesos laborales, existen reglas probatorias que protegen al trabajador y que parte importante de la carga de demostrar la causa del despido corresponde al empleador.
Cuando se determina que el despido fue injustificado, entre las posibles reclamaciones se encuentran la indemnización, prestaciones laborales pendientes, salarios o vacaciones adeudadas y, en determinadas circunstancias establecidas por la legislación, la reinstalación. La medida que corresponda depende de las características de cada caso.
El INE mantiene la ENEIC como una herramienta para conocer la evolución del mercado laboral guatemalteco. Durante 2025 la encuesta produjo resultados trimestrales sobre ocupación, desempleo, subempleo, informalidad e ingresos, con representatividad nacional y por los dominios urbano metropolitano, resto urbano y rural nacional.